Emergencias en edificios de uso administrativo

La evacuación EDIFICIOS DE USO ADMINISTRATIVO, debe garantizar que la totalidad de sus ocupantes, en cualquier instante, puedan tener la posibilidad de desplazarse hasta un lugar seguro en el tiempo adecuado con las suficientes garantías de seguridad. Si el problema de la evacuación no se halla debidamente analizado, cualquier incidente puede comprometer seriamente nuestra seguridad.


Por ello se hace imprescindible la realización de Planes de Emergencia, cuyos principales objetivos son:

 

  1. Conocer el edificio y sus Instalaciones, así como identificar posibles carencias respecto a la normativa vigente.
  2. Definir y clasificar, las diferentes emergencias en función del tipo de riesgo y de la gravedad de la misma.
  3. Definir y transmitir a todos los ocupantes del centro las consignas sobre cómo deben actuar ante una emergencia.
  4. Definir el número de personas que utilizan cada salida así como los recorridos de evacuación que efectúan, evaluando parámetros tales como el tiempo necesario para salir de los recintos, hasta alcanzar una zona segura.
  5. Gestionar la actuación de los ocupantes, asignando las salidas y detallando los recorridos que deben realizar los individuos presentes en cada una de las dependencias del edifico.
  6. Adoptar las medidas de prevención que eviten las causas de una emergencia.

 

Desde el punto de vista técnico, el problema resulta especialmente relevante cuando se estudian edificios de gran altura o centros con una elevada ocupación, así como edificios con circunstancias especiales en su estructura, distribución y características personales de sus ocupantes, que pueden dificultar la correcta evacuación de los vecinos y ocupantes del inmueble.

La Ley 31/1995 de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, establece, en su artículo 20, la obligación analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los ocupantes de un edificio, teniendo en cuenta el tamaño y actividad realizada, así como la posible presencia de personas ajenas al edificio.

La entrada en vigor del Real Decreto 393/2007, de 23 de marzo, por el que se aprueba la Norma Básica de Autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedan dar origen a situaciones de emergencia, ha motivado un cambio significativo en la estructura de los Planes de Emergencia, que se denominarán Planes de Autoprotección.

Esta normativa establece la obligación de realizar un Plan de Autoprotección en determinados edificios, siendo su elaboración, implantación, mantenimiento y revisión es responsabilidad del titular de la actividad y obligando al registro del mismo.

Cabe destacar, la dificultad existente para establecer un Equipo de Emergencias fijo, en un edificio de uso administrativo, cuyo fin primordial es el hacer frente con garantías de éxito a cualquier situación de emergencia que pudiera producirse en el edificio, hasta la llegada de los servicios especiales de ayuda exterior.

Es por ello que teniendo en cuenta, que en nuestra sociedad, la seguridad de las personas se considera un hecho irrenunciable, es fundamental establecer una gestión adecuada de la emergencia, de manera que:

  • Se evalúen y determinen las condiciones constructivas del inmueble y su adaptación a la normativa actual, identificando los elementos, instalaciones, que puedan dar origen a una situación de emergencia o incidir de manera desfavorable en el desarrollo de la misma.
  • Se establezcan los mecanismos adecuados en la transmisión de la alarma y comprobar su correcto funcionamiento.
  • Se establezcan un programa de mantenimiento de las instalaciones existentes.
  • Se establezcan programa de información general para los usuarios del edificio.
  • Se establezca un programa de formación en “Emergencias” para los equipo de emergencia.

 

En este sentido, la realización la realización de simulacros, así como de ensayos de evacuación permite verificar si se cumplen las condiciones de diseño del edificio, al tiempo que facilitan la observación del comportamiento de los ocupantes y trabajadores; efectuando además una labor pedagógica, cuyo principal objetivo es establecer una cultura de seguridad en la evacuación del edificio.